Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, 1 de Mayo de 2003 (Tesis num. VIII.4o.3 K de Cuarto Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, 01-05-2003 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVIII.4o.3 K
Fecha de publicación01 Mayo 2003
Fecha01 Mayo 2003
Número de registro184338
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Común

Cuando la violación procesal que se plantea en el amparo directo debió reclamarse a través del indirecto, por tratarse de un acto de ejecución irreparable que encuadra en la hipótesis que prevé la fracción IV del artículo 114 de la ley de la materia y no se hizo, ya no puede argumentarse en el amparo directo, dado que no es jurídicamente admisible la dualidad de vías para un mismo reclamo, lo que genera un caso de excepción a la regla general que a título de violaciones procesales señala el artículo 159 de la citada legislación; de manera, entonces, que si ese es el único planteamiento que se aduce en los conceptos de violación...

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