Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, 1 de Octubre de 2004 (Tesis num. VIII.4o.6 L de Cuarto Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, 01-10-2004 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVIII.4o.6 L
Fecha de publicación01 Octubre 2004
Fecha01 Octubre 2004
Número de registro180284
MateriaDerecho Procesal,Laboral

Cuando los absolventes son accionistas en la empresa demandada, a quien afecta el ofrecimiento de la prueba confesional, y dicho ofrecimiento cumplió con los requisitos para su admisión, conforme a lo dispuesto por los artículos 780, 786, 787, 788, 789 y 790 de la Ley Federal del Trabajo, el requerimiento posterior hecho por la Junta responsable a su oferente, para que señalara el domicilio correcto y verdadero en el cual pudieran ser citados con el apercibimiento que de no hacerlo así se declarará desierta, resulta ilegal, porque la Junta debió tener como domicilio de los absolventes el lugar en que se ubica la empresa, con independencia del que pudieran tener en lo particular, pues al ser socios de la persona moral demandada, con tal calidad pueden ser notificados en el domicilio de ésta, por tener los datos de localización del absolvente y el interés en que acuda a la diligencia, pues resultaría ilógico que en los problemas relacionados con la fuente de trabajo se pretendiera notificar al...

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