Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, 1 de Agosto de 2004 (Tesis num. VIII.4o.5 L de Cuarto Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, 01-08-2004 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVIII.4o.5 L
Fecha de publicación01 Agosto 2004
Fecha01 Agosto 2004
Número de registro180909
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Procesal,Laboral

Al quedar en suspenso lo relativo al juicio de nulidad ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado hasta en tanto se emitan las disposiciones legales que regulen su organización y funcionamiento, según lo precisa el artículo quinto transitorio del abrogado Código Fiscal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, y al establecer el artículo 1o. del Código Civil de la entidad que las normas que lo conforman son supletorias, en lo conducente, de las demás leyes coahuilenses, y que las disposiciones de su título preliminar, salvo precepto expreso en contrario, son comunes a todo el derecho positivo de la entidad, debe concluirse que los juicios derivados de acciones intentadas por elementos de seguridad pública en contra de las instituciones encargadas de aquélla, en las que se deduzcan pretensiones emanadas de la prestación de sus servicios, dada su naturaleza administrativa, al igual que todos aquellos que no tengan una regulación expresa, deben tramitarse con las reglas del Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza en lo adjetivo, y con las disposiciones administrativas que resulten aplicables, en términos del artículo 123, apartado B, fracción XIII, de la...

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