Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, 1 de Julio de 2005 (Tesis num. VIII.4o.17 C de Cuarto Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, 01-07-2005 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVIII.4o.17 C
Fecha de publicación01 Julio 2005
Fecha01 Julio 2005
Número de registro177791
MateriaDerecho Civil,Civil

Cuando los cónyuges contraen matrimonio bajo el régimen de sociedad conyugal pero omiten formular capitulaciones matrimoniales, resulta aplicable la regla general prevista en el artículo 1736 del Código Civil abrogado para el Estado de Coahuila, consistente en que deben tenerse por puestas las cláusulas que se refieran a los requisitos esenciales del contrato por el cual se constituyó o las que sean consecuencia de su naturaleza ordinaria. De acuerdo con lo anterior, y por ser una consecuencia de la naturaleza de la sociedad de gananciales, la comunidad de intereses que conforma la sociedad conyugal, si bien otorga a los cónyuges derecho igual sobre los bienes, por principios de equidad y de justicia, consecuentes con...

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