Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito, 1 de Marzo de 2011 (Tesis num. IV.3o.T.318 L de Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito, 01-03-2011 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIV.3o.T.318 L
Fecha de publicación01 Marzo 2011
Fecha01 Marzo 2011
Número de registro162619
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXXIII, Marzo de 2011; Pág. 2296
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social

Cuando se demanda la nulidad de un convenio de terminación de la relación de trabajo por estimarse que el salario ahí precisado no corresponde con el que debió cuantificarse la liquidación del trabajador, afirmando éste que su remuneración se conformaba por diversas prestaciones extralegales, es ilegal que la Junta resuelva que la demandada justificó el monto del salario integrado precisamente con el convenio cuya nulidad parcial se reclama y con el recibo finiquito que constituye su anexo, sin sopesar, primero, si el accionante justificó percibir las prestaciones extralegales que alega y, segundo, si efectivamente se conforma así su salario, pasando por alto que justamente por esa razón se demandó la nulidad de aquél. Por ello, es ilegal que la Junta apoye su conclusión en el recibo finiquito exhibido por la demandada, pues es inconcuso que las cantidades que se desglosan en él fueron calculadas con base en el salario indicado en el convenio; de ahí que la decisión de la Junta en sostener que con el propio convenio y el recibo finiquito la demandada justificó el monto del salario integrado, sin pronunciarse sobre lo alegado por el actor respecto de su integración, es violatoria de garantías.


TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL CUARTO CIRCUITO.

Amparo directo 663/2010. A.R.C.. 24 de noviembre de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: J.L.T.L.. Secretaria: A.L.R..


Amparo directo 680/2010. O.F.R.T.. 24 de noviembre de 2010....

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