Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Segundo Circuito, 1 de Septiembre de 1994 (Tesis num. II. 1o. C. T. 172 P de Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil Y de Trabajo del Segundo Circuito, 01-09-1994 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónII. 1o. C. T. 172 P
Fecha de publicación01 Septiembre 1994
Fecha01 Septiembre 1994
Número de registro210475
MateriaPenal

Para acreditar el despojo no se requiere el engaño, la furtividad o violencia, pues el precepto 320 fracción I del Código Penal del Estado de México, no estableció este requisito, al mencionar sólo como elementos: a) al que de propia autoridad... b) y sin derecho, ocupe un inmueble ajeno... c) o haga uso de él, o de un derecho real que no le pertenezca...; en cuyas condiciones, basta la ocupación de un bien o la perturbación de un derecho real ajeno y de propia autoridad, para colmarse el tipo.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Amparo directo 122/94. M. de los A.V. viuda de Bastida. 3 de agosto de 1994. Unanimidad de...

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