Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, 1 de Febrero de 2010 (Tesis num. III.3o.A.74 A de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, 01-02-2010 (Tesis Aisladas))

Número de registro165205
Número de resoluciónIII.3o.A.74 A
Fecha de publicación01 Febrero 2010
Fecha01 Febrero 2010
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXXI, Febrero de 2010; Pág. 2878
MateriaAdministrativa

Cuando el Tribunal de Arbitraje y Escalafón del Estado de Jalisco, como órgano revisor, resuelve la impugnación de una sanción emitida por las personas morales oficiales del Estado de Jalisco y sus Municipios dentro de un procedimiento seguido en términos de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos de la propia entidad, éstas no se despojan de su investidura de autoridades ni se asemejan a un gobernado con las prerrogativas de éste, por lo que carecen de legitimación para promover amparo directo contra la mencionada resolución, conforme al artículo 9o. de la ley de la materia, aunque se les haya condenado a cubrir ciertas prestaciones inherentes a la relación laboral, como vacaciones, prima vacacional y aguinaldo, y exclusivamente éstas se reclamen en el juicio de garantías, ya que lo relevante es que fueron llamadas a ese juicio en razón de que se cuestionó la legalidad de un acto emitido por ellas en su carácter de entes de derecho público, pues admitir lo contrario desnaturalizaría dicho medio de control constitucional para convertirlo en una mera instancia dentro de un juicio ordinario, lo cual es jurídicamente inconcebible. Lo anterior en aplicación de la jurisprudencia 2a./J. 203/2007, de la Segunda Sala de la Suprema...

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