Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito, 1 de Noviembre de 2009 (Tesis num. III.2o.P.225 P de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito, 01-11-2009 (Tesis Aisladas))

Número de registro165902
Número de resoluciónIII.2o.P.225 P
Fecha de publicación01 Noviembre 2009
Fecha01 Noviembre 2009
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXX, Noviembre de 2009; Pág. 951
MateriaPenal,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal

La prueba testimonial que se aporta en un juicio de amparo indirecto en materia civil, no tiene ese carácter en el proceso penal, por más que se presente como actuación judicial; debido a que lo único que demuestra es que en otro juicio declararon esos testigos, sin que obste para ello que el Juez de Distrito en Materia Civil en su sentencia, la que confirmó el Tribunal Colegiado en dicha materia, considerara que la peticionaria tuvo conocimiento del acto reclamado en una fecha anterior a la que indicó en su demanda de amparo, con apoyo en los testimonios de mérito, quienes dejaron precisado ese hecho, mismo que sirvió de base para dictar sentencia condenatoria en contra de la quejosa por el delito previsto en el artículo 211, fracción I, de la Ley de Amparo, pues esa sentencia no adquiere el valor de verdad legal respecto al ilícito, porque en el juicio respectivo se ventiló una cuestión de carácter civil, toda vez que, en un proceso del orden penal impera un propósito diferente del que se persigue en el juicio de amparo en la materia civil, lo que genera que las actuaciones de aquél revistan una estructura diversa, luego, si dichos testigos no se ofrecieron en el proceso penal, ello ocasionó que el indiciado no tuviera la posibilidad de repreguntarlos, ni a...

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