Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, 1 de Julio de 1997 (Tesis num. III.3o.C.56 C de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, 01-07-1997 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | III.3o.C.56 C |
Fecha de publicación | 01 Julio 1997 |
Fecha | 01 Julio 1997 |
Número de registro | 198271 |
Materia | Derecho Civil,Derecho Procesal,Civil |
Para una correcta intelección sobre una de las tres hipótesis a que alude tal criterio, consistente en que un documento privado tiene fecha cierta cuando es presentado "ante un funcionario en razón de su oficio", es necesario acudir a los precedentes que integran dicha jurisprudencia y que se relacionan con ese supuesto, los cuales ponen de manifiesto que los documentos de que se habla adquirieron fecha cierta "desde la fecha de su ratificación ante notario público", quien certificó la autenticidad de las firmas de los interesados, así como que en su presencia reconocieron el contenido de tales documentos. Lo que significa que, a fin de evitar actos dolosos o fraudulentos, no cualquier certificación es útil para ese efecto, sino sólo aquella que cumpla con los requisitos siguientes: que contenga el día y la...
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Sentencia N° 428-2018 de la Sala 3, del Tribunal Supremo de Justicia de Jalisco, 2018
...* * * * * * * * * * * * * * * * * * * *, los comparecientes ratificaron 15 Por las razones que informa en su texto, sirve de apoyo la tesis III.3o.C.56 C, sustentada por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta,......