Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, 1 de Febrero de 2002 (Tesis num. III.2o.T.47 L de Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Tercer Circuito, 01-02-2002 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIII.2o.T.47 L
Fecha de publicación01 Febrero 2002
Fecha01 Febrero 2002
Número de registro187737
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal,Laboral

Cuando una de las partes dentro del procedimiento laboral impugna la personalidad del apoderado de su contraria, bajo el supuesto de que los testigos ante los que se firmó la carta poder con la que comparece, en términos del artículo 692, fracciones I y III, de la Ley Federal del Trabajo, no resultan idóneos, corresponde a dicha parte acreditar su objeción, ya que implica una negación que envuelve la afirmación expresa de un hecho, basada en el motivo por el cual se consideran ineficaces los testigos, por ejemplo, que ello se deba a su falta de capacidad, por lo que resulta aplicable, en términos del artículo 17 de la supracitada ley, el principio general de derecho que retoma el artículo 82, fracción I, del Código Federal de Procedimientos Civiles, que señala: "El que niega sólo está obligado a probar: I. Cuando la negación envuelva la afirmación expresa de un hecho.".


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.

Amparo en revisión 93/2001. A.R.A.. 9 de noviembre de 2001...

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