Tesis Aislada, Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 1 de Julio de 2009 (Tesis num. I.13o.T.235 L de Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 01-07-2009 (Tesis Aisladas))

Número de registro166906
Número de resoluciónI.13o.T.235 L
Fecha de publicación01 Julio 2009
Fecha01 Julio 2009
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXX, Julio de 2009; Pág. 1967
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la jurisprudencia 2a./J. 97/2005, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, T.X., abril de 2006, página 208, de rubro: "OFRECIMIENTO DE TRABAJO. PARA QUE SU RECHAZO POR EL TRABAJADOR INVALIDE LA ACCIÓN DE REINSTALACIÓN, ES NECESARIO QUE AQUÉL SEA CALIFICADO POR LA JUNTA DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE (APLICACIÓN DE LA JURISPRUDENCIA 2a./J. 24/2001).", sostiene que cuando se ejercite la acción de reinstalación la Junta debe calificar el ofrecimiento de trabajo, y de estimar que es de buena fe, el rechazo de esa propuesta entrañará desinterés en obtener un laudo condenatorio; en cambio, si es de mala fe, tiene que determinarse si la negativa a ser reinstalado deriva de causas justificadas que guarden relación con las condiciones de trabajo cuestionadas; sin embargo, tal criterio resulta inaplicable cuando la propuesta del empleo se determina de mala fe por circunstancias que no tienen vinculación con las condiciones en que se ofertó el trabajo y que son ajenas a la voluntad del empleado, caso en el cual ya no puede atenderse a si el rechazo a la reinstalación demuestra desinterés, porque la aludida calificación deriva de una cuestión distinta a los términos en que se propuso la oferta, como es la baja del trabajador ante el Seguro Social solicitada por el patrón previamente al ofrecimiento del trabajo, en la que no tuvo injerencia aquél, situación en la cual es innecesario analizar las razones por las cuales se repudió el empleo.


DÉCIMO TERCER TRIBUNAL...

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