Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, 1 de Noviembre de 2008 (Tesis num. XX.2o.93 P de Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, 01-11-2008 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Noviembre 2008
Fecha01 Noviembre 2008
Número de registro168510
MateriaDerecho Penal,Derecho Procesal

De conformidad con el Código Penal para el Estado de Chiapas, publicado en el Periódico Oficial de la entidad el catorce de marzo de dos mil siete y vigente a partir del catorce de mayo siguiente en términos del transitorio primero, al haberse suprimido la amonestación como pena, es evidente que ya no procede su aplicación, aun cuando el numeral 545 del Código de Procedimientos Penales del Estado disponga que en toda sentencia condenatoria se prevendrá al reo para evitar su reincidencia; lo anterior es así, toda vez que si en la nueva legislación penal sustantiva, específicamente en el capítulo I del título...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR