Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 1 de Mayo de 2008 (Tesis num. I.3o.T.179 L de Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 01-05-2008 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | I.3o.T.179 L |
Fecha de publicación | 01 Mayo 2008 |
Fecha | 01 Mayo 2008 |
Número de registro | 169663 |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social,Laboral |
Nuestro Máximo Tribunal ha establecido que para calificar el ofrecimiento de trabajo, que el patrón demandado formula al contestar la demanda, con el propósito de que el trabajador regrese a laborar en las mismas condiciones en que prestaba el servicio, habrán de tenerse en cuenta los siguientes elementos, a saber: 1. Las condiciones fundamentales de la relación laboral, como el puesto, salario, jornada u horario; 2. Si éstas afectan o no los derechos del trabajador, establecidos en la Constitución Federal, la Ley Federal del Trabajo, o el contrato individual o colectivo de trabajo; y 3. Los antecedentes del caso o conducta asumida por el patrón; de ahí que si se ofrece con una jornada laboral menor a la que se venía desempeñando, se podría concluir que el ofrecimiento de trabajo, es de buena fe; sin embargo, tratándose de un trabajador que se dedica a las ventas, dada la naturaleza de la actividad laboral que realiza, consistente en la comercialización de los productos que elabora la empresa para la que trabaja, de las cuales obtiene sus respectivas comisiones y tomando en cuenta que su objetivo es lograr más ventas durante su jornada laboral, ya que su remuneración se verá incrementada en relación directa con el volumen de las ventas concluidas, si el trabajo se ofrece con un día más de descanso al de la jornada laboral pactada en principio, dicha oferta, por sí sola, ocasiona que deba calificarse de mala fe, porque es en detrimento del salario que perciba, toda vez que...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 25-05-2016 (CONTRADICCIÓN DE TESIS 321/2015)
...amparo directo 612/2015 y el sostenido por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito que dio origen a la tesis I.3o.T.179 L., la cual deriva de la ejecutoria dictada al fallar el amparo directo SEGUNDO. Admisión. Por acuerdo de nueve de los propios mes y año, el......
-
Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 12 de Agosto de 2016 (Tesis num. 2a./J. 70/2016 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 12-08-2016 (Contradicción de Tesis))
...J.L.P., J.F.F.G.S. y A.P.D.. Ausente: M.B.L.R.. Ponente: J.F.F.G.S.. Secretario: F.M.R. de C.G.. Tesis y criterio contendientes: Tesis I.3o.T.179 L, de rubro: "OFRECIMIENTO DEL TRABAJO. ES DE MALA FE CUANDO EL PAGO DE COMISIONES POR VENTAS ES PARTE DE LAS PERCEPCIONES DEL TRABAJADOR Y LA OF......