Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 1 de Septiembre de 2008 (Tesis num. I.4o.C.27 K de Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 01-09-2008 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | I.4o.C.27 K |
Fecha de publicación | 01 Septiembre 2008 |
Fecha | 01 Septiembre 2008 |
Número de registro | 168890 |
Materia | Derecho Procesal,Común |
Aplicando los postulados del principio de proporcionalidad, cuando en una contienda judicial colisionan el derecho del actor a probar su pretensión, con el derecho del demandado a proteger su intimidad, éste debe ceder frente aquél, por ser de mayor densidad la garantía de debido proceso que la privacidad de las personas. Efectivamente, el Estado de derecho supone un esquema en el que se encuentra prohibida la justicia por propia mano y en donde las controversias se dirimen ante los tribunales competentes. En este sentido la oportunidad de ofrecer pruebas constituye una formalidad esencial de la garantía al debido proceso legal, lo que a su vez se inscribe como una de las cláusulas esenciales para que el Estado pueda administrar justicia de manera eficaz y desaliente a los particulares de hacerla por propia mano. Visto de esta manera, la garantía al debido proceso...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
Sentencia N° 77-2017 de la Sala 8, del Tribunal Supremo de Justicia de Jalisco, 2017
...sustenta. ---- Al respecto es aplicable el criterio del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, contenido en la tesis I.4o.C27K, que lleva por rubro y texto: “INTIMIDAD Y DERECHO PROBATORIO. EN CASO DE COLISIÓN DE ESTOS DERECHOS FUNDAMENTALES, AQUÉL DEBE CEDER FRENTE......