Tesis Aislada, Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis num. 785 de Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro914393
MateriaDerecho Civil,Civil

El artículo 2300 del Código Civil para el Distrito Federal autoriza la rescisión del contrato de compraventa en abonos, en el supuesto de que no se pague el precio estipulado en el mismo; en tal virtud, si en un contrato de compraventa se pacta que el precio será cubierto en abonos, los que la parte compradora deberá entregar en el domicilio de la vendedora, y si aquélla en lugar de hacerlo así, consigna esas prestaciones extemporáneamente sin acreditar la negativa de la enajenante a recibirlos, tal consignación no la libera del pago que debió efectuar en la fecha pactada, por lo que habiendo incurrido en mora, es procedente...

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