Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito, 14 de Mayo de 2007 (Tesis de Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación14 Mayo 2007
Fecha14 Mayo 2007
Número de registro800782
MateriaDerecho Civil,Civil

Según lo dispone el artículo 501 del Código Civil de Nuevo León, los parientes más próximos excluyen a los más remotos, de tal manera que si los quejosos, hijos de un hermano del autor de la sucesión, que había muerto antes que éste, concurrieron a la herencia con la segunda cónyuge supérstite y hermanos del esposo de ésta, aquéllos, los sobrinos, deben quedar excluidos de la herencia, porque el artículo 1524 del mismo código que prevé la concurrencia de la cónyuge y de los hermanos del fallecido no menciona a los sobrinos y aunque éstos aleguen que representan a su padre, hermano del autor de la intestamentaría, no tienen derecho a la herencia, de acuerdo con este último precepto.


TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.

Amparo directo 557/80. J.E.T.G. y coagraviados. 6 de marzo de 1981. Unanimidad de votos. Ponente: A.S.F..


Nota: En el Informe de 1981, la tesis aparece bajo el rubro "PETICION DE HERENCIA DE SOBRINOS DE UN HERMANO DEL AUTOR DE LA...

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