Tesis Aislada, Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 1 de Diciembre de 1988 (Tesis de Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 01-12-1988 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Diciembre 1988
Fecha01 Diciembre 1988
Número de registro230137
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Administrativa

Las reglas establecidas en cuanto a limitación de pruebas en el artículo 131 de la Ley de Amparo, se refieren a las que pueden ofrecer las partes en la audiencia incidental, que va a terminar con el dictado de la interlocutoria correspondiente, sea concediendo o negando la suspensión definitiva. Pero una vez dictada esa interlocutoria, de objetar alguna de las partes el contenido del informe previo, la demostración de la falsedad de ese contenido, que en su caso obligaría a modificar o revocar la interlocutoria, no puede quedar limitada únicamente a las pruebas documental o de inspección, porque éstas serían inconducentes...

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