Tesis Aislada, Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 1 de Diciembre de 1990 (Tesis de Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 01-12-1990 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Diciembre 1990
Fecha01 Diciembre 1990
Número de registro224369
MateriaDerecho Civil,Civil

El tribunal de segundo grado actuó con justicia al condenar a la inquilina al pago del incremento anual de rentas, a razón del ochenta y cinco por ciento de aumento porcentual fijado al salario mínimo general del Distrito Federal, a partir del año de vencimiento de la prórroga del contrato de arrendamiento base de la acción, hasta la total desocupación y entrega del inmueble arrendado. Pues si bien la arrendadora demandó el pago de la cantidad que resultara del incremento de la renta a razón del sesenta y cinco por ciento anual y sucesivo, a partir de la fecha en que venció la prórroga del expresado contrato, hasta la total desocupación del bien raíz arrendado, de acuerdo con lo estipulado en el contrato de mérito; no debe desatenderse la circunstancia de que el incremento porcentual fijado por el artículo 2448 D del Código Civil para el Distrito Federal, debe ser acatado en todo acuerdo de voluntades que tenga por objeto el arrendamiento de un inmueble urbano destinado a habitación, e incluso impone el deber a la autoridad de verificar que dicho aumento sea respetado, ya que el precepto en comento está comprendido dentro de las disposiciones de orden público e interés social del Capítulo Cuarto, Título Sexto, Libro Primero, del Código en cita. Por lo que, si bien es cierto que el artículo citado omite señalar si después de la prórroga la renta se puede aumentar hasta en un ochenta y cinco por ciento; no menos lo es, que...

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