Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 1 de Diciembre de 1991 (Tesis de Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 01-12-1991 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Diciembre 1991
Fecha01 Diciembre 1991
Número de registro221052
MateriaDerecho Procesal,Común

El artículo 159, fracción I, de la Ley de Amparo, establece como violaciones a las leyes del procedimiento que afectan las defensas del quejoso "Cuando no se le cite al juicio o se le cite en forma distinta de la prevenida por la ley", y esta hipótesis se surte cuando el quejoso se entera de la existencia del juicio antes de que se falle en definitiva, pues teniendo oportunidad legal de concurrir al juicio a defenderse podría suceder que el fallo le favoreciera, y sólo en caso de que así no fuera podría alegar la falta o ilegal citación como violación al procedimiento. En este supuesto no tiene aplicación la jurisprudencia 781, publicada en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1988, Segunda Parte, página 1289, que dice: "EMPLAZAMIENTO. FALTA DE. Cuando el amparo se pide precisamente porque el quejoso no ha sido oído en el juicio por falta de emplazamiento legal, no es procedente sobreseer por la razón de que existan recursos ordinarios que no se hicieron valer, pues precisamente el hecho de que el quejoso manifieste que no ha sido oído en juicio, hace patente que no estaba en posibilidad de intentar los recursos ordinarios contra el fallo dictado en su contra, y de ahí que no pueda tomarse como base para el sobreseimiento el hecho de...

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