Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Primer Circuito, 1 de Abril de 1991 (Tesis num. XXI.1o.1 P de Primer Tribunal Colegiado del Vigesimo Primer Circuito, 01-04-1991 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXXI.1o.1 P
Fecha de publicación01 Abril 1991
Fecha01 Abril 1991
Número de registro223241
MateriaDerecho Penal,Penal

Cuando existe la portación de arma de fuego sin licencia, en virtud de que el activo haya sido sorprendido, vigilando plantíos de estupefacientes, y en el mismo acto le haya sido decomisada una arma de fuego, que se localizó en el campamento rústico en que se encontraba, al ser aprehendido, el régimen legal aplicable, es el señalado por los artículos 161 y 162, fracción V, del Código Penal Federal, en concordancia con el 81 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, porque resulta evidente que el arma de fuego mencionada, se encontraba dispuesta para un uso inmediato, afecta a las labores de vigilancia de los plantíos aledaños, lo que configura la portación y no sólo la posesión, circunstancias muy distintas a la de la hipótesis normativa del artículo 10 constitucional, que circunscribe al domicilio como el lugar donde las personas pueden poseer armas y, además, con la finalidad de su seguridad y legítima defensa.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO PRIMER CIRCUITO.

Amparo directo 381/90. C.O.N.. 14 de marzo de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: J.V.S.. Secretaria: M.C.J.H..


Sostiene la misma tesis:


Amparo directo 382/90. M.H.O.. 14 de marzo de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: J.V.S...

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