Tesis Aislada, Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 1 de Abril de 1992 (Tesis de Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 01-04-1992 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Abril 1992
Fecha01 Abril 1992
Número de registro219641
MateriaCivil

Las notas de devolución de mercancía no fueron desestimadas por el tribunal de alzada a consecuencia de que se hubiere declarado fundada objeción alguna, sino porque con ellas no se demostró el vínculo causal entre la mercancía devuelta y lo reclamado como suerte principal en el juicio natural y, por ende, tales documentales fueron insuficientes, por sí solas, para justificar la excepción de pago parcial o compensación, pues ésta es procedente sólo cuando se trata de deudas fungibles, de la misma especie, líquidas, exigibles, en cantidad determinable y que no esté prohibida por la ley; opera únicamente ante la coexistencia de dos derechos y acreedores recíprocos; por tanto, si éstos son los requisitos que...

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