Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Décimo Circuito, 1 de Julio de 1994 (Tesis de Primer Tribunal Colegiado del Decimo Circuito, 01-07-1994 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Julio 1994
Fecha01 Julio 1994
Número de registro211998
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal,Laboral

Si bien es cierto que el artículo octavo de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado de Tabasco, permite la aplicación supletoria de otros ordenamientos legales, entre ellos, la Ley Federal del Trabajo, también lo es que tal aplicación sólo es admisible en lo previsto por la propia Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado y no para cuestiones no tuteladas por la misma, toda vez que el referido artículo señala: "En lo previsto por esta Ley, se aplicarán supletoriamente, y en su orden: I. La Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado; II. La Ley Federal del Trabajo."; de lo que se desprende que si dicha ley prevé un procedimiento cualquiera, pero no señala su reglamentación, entonces debe aplicarse supletoriamente cualesquiera de los ordenamientos legales establecidos en el referido artículo, que sí contenga dicha reglamentación; pero si la citada ley no instituye un procedimiento como el paraprocesal intentado por los actores en el juicio laboral...

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