Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Noveno Circuito, 1 de Febrero de 1994 (Tesis num. IX.1o.81 L de Primer Tribunal Colegiado del Noveno Circuito, 01-02-1994 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIX.1o.81 L
Fecha de publicación01 Febrero 1994
Fecha01 Febrero 1994
Número de registro213625
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal,Laboral

Si durante la etapa de ejecución del laudo, la tercerista consintió expresamente en el embargo sobre un bien de su propiedad, para garantizar la condena decretada en contra de los demandados en un juicio laboral, no puede posteriormente promover una tercería excluyente de dominio respecto del bien embargado, en atención al principio general de derecho conforme al cual nadie puede volverse contra sus propios actos, aplicable en materia de trabajo de conformidad con lo preceptuado por el artículo 17 de la Ley Reglamentaria del Apartado "A" del Artículo 123 Constitucional, en virtud de no ser lícito interponer la tercería por quien consintió de manera expresa en la constitución del gravamen sobre un bien de su propiedad, como garantía de la obligación a cargo de los demandados; de lo contrario se trastocaría el principio de probidad y buena fe que...

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