Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Segundo Circuito, 1 de Febrero de 1995 (Tesis num. II.1o.C.T.208 C de Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil Y de Trabajo del Segundo Circuito, 01-02-1995 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónII.1o.C.T.208 C
Fecha de publicación01 Febrero 1995
Fecha01 Febrero 1995
Número de registro208145
MateriaDerecho Procesal,Civil

El artículo 1342 del Código de Comercio, vinculado con la apelación en materia mercantil, permite admitirla o denegarla de plano y en su caso, substanciarla con un solo escrito de las partes, empero respecto de la admisión, debe acordarla el juez natural y a la Sala atañe tramitar el recurso, con los escritos de las partes y el informe en estrados, si éstas quisieren hacerlo; sin embargo, el numeral en cita, no establece la oportunidad para expresar los agravios y quizá debe entenderse que lo sea al substanciar la inconformidad, pero si son formulados ante...

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