Tesis Aislada, Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 1 de Febrero de 1995 (Tesis num. I.6o.T.92 K de Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 01-02-1995 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.6o.T.92 K
Fecha de publicación01 Febrero 1995
Fecha01 Febrero 1995
Número de registro208370
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Laboral

El juicio de amparo directo no es la vía idónea para combatir el acuerdo por virtud del cual la Junta del conocimiento desecha la demanda laboral por lo que hace a uno o varios codemandados, ya que tal actuación no queda comprendida dentro de los supuestos del artículo 159 de la Ley de Amparo, sino que es un acto de imposible reparación en términos del artículo 114, fracción IV, de la Ley de Amparo.


SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo directo 11216/94. N.B.G.. 30 de enero de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: C.P.B.. Secretaria: Estela J.F..


Nota: Por ejecutoria del 14 de marzo de 2018, la Segunda Sala declaró inexistente la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR