Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 1 de Enero de 1995 (Tesis num. I.1o.T. 468 L de Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 01-01-1995 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.1o.T. 468 L
Fecha de publicación01 Enero 1995
Fecha01 Enero 1995
Número de registro209476
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Laboral

Para efectos estrictamente del amparo, el juicio se inicia con la presentación de la demanda ante el órgano jurisdiccional y concluye con la sentencia o laudo definitivo. Luego toda determinación que se pronuncie después de presentada la demanda, incluyendo aquéllas que la desechan, será un acto dentro de juicio, con la particularidad de que cuando no se requiere la rendición de pruebas distintas de las recibidas por la autoridad responsable, para determinar su constitucionalidad o inconstitucionalidad, no se justifica la promoción de un amparo que admite hasta dos instancias con la celebración de una audiencia y un período probatorio, sino la de un juicio constitucional que normalmente se tramite en una sola instancia y no requiere de la celebración de una audiencia...

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