Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Primer Circuito, 1 de Junio de 1996 (Tesis num. XI.2o.42 C de Segundo Tribunal Colegiado del Decimo Primer Circuito, 01-06-1996 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | XI.2o.42 C |
Fecha de publicación | 01 Junio 1996 |
Fecha | 01 Junio 1996 |
Número de registro | 202003 |
Materia | Derecho Civil,Civil |
La circunstancia de que conforme a los artículos 2281 y 1654 del Código Civil del Estado, la obligación a cargo del arrendatario de pagar las rentas sea una consecuencia de la celebración del contrato de arrendamiento respectivo y que ante su incumplimiento, el arrendador tenga expedito su derecho para exigir su pago, en modo alguno autoriza al juzgador, a decretar la condena respectiva pese a que no se exija tal prestación en la demanda, so pena de transgredir el principio de congruencia que rige toda resolución, contemplado por el artículo 602 del Código de Procedimientos Civiles de la entidad, puesto que la misma no resulta una prestación cuya condena fuese consecuencia directa de la procedencia de la acción principal intentada, dado que los efectos de la declaración de terminación del consenso...
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