Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 1 de Noviembre de 1998 (Tesis num. I.4o.C.25 C de Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 01-11-1998 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.4o.C.25 C
Fecha de publicación01 Noviembre 1998
Fecha01 Noviembre 1998
Número de registro195242
MateriaDerecho Civil,Civil

Entendida la servidumbre como un derecho real que se instituye sobre un bien inmueble respecto de otro, en consideración a la necesidad de que un predio tenga acceso a la vía pública para su debido aprovechamiento, y no en atención a los dueños de los predios colindantes, ello provoca que en la actualidad, sea raro que un predio urbano quede enclavado entre otros sin acceso a la vía pública, pues las autoridades planifican de antemano los accesos y vialidades de las nuevas lotificaciones; pero cuando el fenómeno ocurre, debe entenderse, de la interpretación armónica de los artículos 1097 del Código Civil y 11 del Código de Procedimientos Civiles, ambos para el Distrito Federal, que la acción para reclamar el establecimiento de una servidumbre de paso se concede tanto al propietario como al poseedor del predio dominante, y no tan sólo al dueño como lo dispone el primer numeral mencionado, sino como más atinadamente lo prevé el segundo, que contempla no sólo al titular del derecho real inmueble sino también al poseedor del predio dominante. Ello resulta evidente, sobre todo en el caso de predios rurales, ya que el derecho se establece en atención a la explotación económica del bien y no a las personas titulares de derechos sobre los inmuebles.


CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo directo 4724/98. F.B.Z. y A.G.L.. 2 de julio de 1998. Mayoría de votos. Disidente: F.C.L.. Ponente: G.R.O.. Secretario: A.L.L..


Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 100/98-PS resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis 1a./J. 48/99, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo X, octubre de 1999, página 227, con el rubro: "SERVIDUMBRE DE PASO, PERSONAS QUE PUEDEN EJERCER LA ACCIÓN...

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3 sentencias
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    ...aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, T.V., noviembre de 1998, página 577, tesis I.4o.C.25 C y en el Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo XIV septiembre de 1994, página 438, tesis X.1o.49 C,...
  • Sentencia N° 740-2017 de la Sala 7, del Tribunal Supremo de Justicia de Jalisco, 2017
    • México
    • 11 Diciembre 2017
    ...Consultable y localizable en la Décima Época de la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Libro 4, Marzo de 2014, Tomo II, tesis I.4º.C.25 C (10ª.), página 1961. – - Ahora bien e imponiéndonos ahora del contenido del segundo de sus escritos, y en atención a sus manifestaciones, DIG......
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