Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, 1 de Diciembre de 1999 (Tesis num. V.2o.67 C de Segundo Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, 01-12-1999 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónV.2o.67 C
Fecha de publicación01 Diciembre 1999
Fecha01 Diciembre 1999
Número de registro192668
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa,Civil

Conforme al artículo 1084, fracción III, del Código de Comercio, será condenado en costas el que intente el juicio ejecutivo mercantil y no obtenga sentencia favorable, de suerte que si la sentencia de primera instancia fue revocada con el objeto de reponer el procedimiento, dejó de existir y como consecuencia la litis planteada aún no ha sido definida, es decir aún no se decide a cuál de las partes contendientes le va a favorecer o ser adversa a sus intereses la sentencia, ya que la finalidad de las costas en el juicio es resarcir de las erogaciones que haya efectuado por razón del...

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