Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Décimo Circuito, 1 de Agosto de 2001 (Tesis num. X.3o.11 C de Tercer Tribunal Colegiado del Décimo Circuito, 01-08-2001 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónX.3o.11 C
Fecha de publicación01 Agosto 2001
Fecha01 Agosto 2001
Número de registro188964
MateriaDerecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Civil

La acción de responsabilidad objetiva civil, regulada por los artículos 2070 y 2071 del Código Civil vigente en el Estado de Tabasco, es improcedente para reclamar el pago de una indemnización por incapacidad permanente total derivada de la relación laboral, ya que aquella figura jurídica comprende la obligación del patrón de responder del daño que sus trabajadores o dependientes ocasionen a terceros con motivo del uso de mecanismos, instrumentos, aparatos, sustancias o bienes peligrosos por sí mismos, por la velocidad que desarrollen, por su naturaleza explosiva o inflamable, por la energía de la corriente eléctrica que conduzcan o por otras causas análogas, aunque no obre ilícitamente o no exista culpa de su parte, a no ser que demuestre que ese daño se produjo por culpa o negligencia inexcusable de la víctima; en cambio, ante la incapacidad que sufra uno de sus trabajadores por accidente o enfermedad acaecida...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • Sentencia Nº 0137/2022 de Juzgado Primero Especializado En Materia Civil, 10-01-2023
    • México
    • Juzgado Primero Especializado en Materia Civil
    • 10 Enero 2023
    ...desempeño de sus labores.”. Registro digital: 188964. Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito. Novena Época. Materias(s): Civil. Tesis: X.3o.11 C. Fuente: Semanario Judicial de la Poder Estado de Puebla SISTEMA ELECTRÓNICO DE CONTROL Y GESTIÓN JUDICIAL El Suscrito Secretario, informa q......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR