Tesis Aislada, Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 1 de Agosto de 2002 (Tesis num. I.11o.C.41 C de Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 01-08-2002 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | I.11o.C.41 C |
Fecha de publicación | 01 Agosto 2002 |
Fecha | 01 Agosto 2002 |
Número de registro | 186355 |
Materia | Derecho Mercantil y de la Empresa,Civil |
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 291 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, a través de la celebración del contrato de apertura de crédito una persona llamada acreditante se obliga a poner a disposición de otra llamada acreditado una determinada suma de dinero para que éste disponga de la misma en los términos convenidos, y dicho acreditado queda obligado a restituir al acreditante las sumas de que disponga, o bien, a cubrirlas oportunamente por el importe de la obligación asumida y, en su caso, a pagar los intereses, prestaciones, gastos y comisiones convenidos. De igual modo, las partes podrán pactar la forma, términos y demás condiciones que regulen el contrato, es decir, la fijación del crédito, el plazo y monto del mismo, la forma de disponer de él, la manera en que se cubrirá y cómo se...
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