Tesis Aislada, Sexto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 1 de Enero de 2005 (Tesis num. I.6o.P.80 P de Sexto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 01-01-2005 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.6o.P.80 P
Fecha de publicación01 Enero 2005
Fecha01 Enero 2005
Número de registro179476
MateriaDerecho Civil,Derecho Penal,Penal

El abrogado Código Penal para el Distrito Federal, a diferencia del vigente, contemplaba en su artículo 36 a la solidaridad y mancomunidad en lo referente al pago de la reparación del daño al establecer que: "Cuando varias personas cometan el delito, el Juez fijará la multa para cada uno de los delincuentes, según su participación en el hecho delictuoso y sus condiciones económicas; y en cuanto a la reparación del daño, la deuda se considerará como mancomunada y solidaria."; no obstante lo anterior, si los hechos ilícitos se desarrollaron...

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