Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro247960
MateriaDerecho Fiscal,Administrativa

La facultad establecida en el artículo 66 del Código Fiscal de la Federación en vigor, relativa a que las autoridades fiscales, a petición de que los contribuyentes, podrán autorizar el pago a plazos, ya sea diferido o en parcialidades, tiene el carácter de discrecional en tanto que pueden o no ejercitarla, pero deberán fundar y motivar debidamente su determinación. Por consiguiente, es inexacto que por no resolverle favorablemente la solicitud presentada, la autoridad hubiese violado ese precepto legal, máxime si no se demuestra que las condiciones económicas de dicho quejoso eran idénticas o...

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