Tesis Aislada, , 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tribunal Colegiado del Decimo Cuarto Circuito (Tesis Aisladas))

Número de registro249750
Fecha21 Abril 2007
Fecha de publicación21 Abril 2007
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Común

Aun cuando afirme la recurrente que la demanda de amparo la presentó en tiempo ante la Junta responsable, ello no obsta para considerar dicha demanda extemporánea, toda vez que su presentación fue efectuada ante un órgano incompetente, no autorizado para recibirla y, por tanto, la presentación válida es la hecha ante la Oficialía de Partes Común a los dos Juzgados de Distrito en el Estado de Yucatán, que son los órganos competentes para conocer del amparo indirecto y si ante esa oficina la demanda se presentó el diez de agosto de mil novecientos ochenta y dos, es incuestionable que se encuentra fuera del término de quince días que establece el artículo 21 de la Ley de Amparo, si el...

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