Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro254748
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Común

Aun cuando la demanda de amparo indirecto sea presentada dentro del término de quince días ante la autoridad responsable, la H. Suprema Corte de Justicia de la Nación o el Tribunal Colegiado en Materia del Trabajo, en virtud de que tales juicios de garantías deben interponerse precisamente ante el Juez de Distrito, cuando no se está en los casos de excepción previstos en los artículos 38 y 40 de la Ley de Amparo que prevén la posibilidad de presentar la demanda ante los Jueces de primera instancia o ante cualquier autoridad judicial, la demanda de amparo debe considerarse presentada en la fecha en que se recibió en la Oficialía de Partes Común de los Juzgados de Distrito en el Distrito Federal y por lo tanto si entre la fecha de notificación del acto reclamado y la fecha de recepción en la citada Oficialía de Partes ha transcurrido el término de quince días a que se refiere el artículo 21 de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR