Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior. Acuerdo G/3/2021. Se fija la Jurisprudencia N° VIII-J-SS-149

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ACUERDO 487
REVISTA NÚM. 50, ENERO 2021
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
PLENO JURISDICCIONAL DE LA SALA SUPERIOR
ACUERDO G/3/2021
SE FIJA LA JURISPRUDENCIA N° VIII-J-SS-149
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 75
y 76 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Ad-
ministrativo y 17, fracción I, de la Ley Orgánica del Tribu-
nal Federal de Justicia Administrativa, al haberse resuelto
en el mismo sentido los juicios contencioso administrativos
4808/19-17-13-3/165/20-PL-07-04, por unanimidad de 11
votos; 4993/19-17-06-6/1709/19-PL-03-04, por mayoría
de 10 votos a favor y 1 voto con los puntos resolutivos; y
4810/19-17-01-3/1451/19-PL-02-04, por mayoría de 10 vo-
tos a favor y 1 voto en contra; se ja la jurisprudencia N°
VIII-J-SS-149, bajo el siguiente rubro y texto:
DOCUMENTOS PÚBLICOS.- ELEMENTOS QUE
DEBEN CONSIDERARSE SI SU CONTENIDO ES
CONTRADICHO POR OTRAS PRUEBAS.- El pri-
mer párrafo del artículo 202 del Código Federal de
Procedimientos Civiles dispone que los documentos
públicos hacen prueba plena de los hechos legalmen-
te armados por la autoridad de que aquellos proce-
dan; pero, si en ellos se contienen declaraciones de
verdad o manifestaciones de hechos de particulares,
los documentos solo prueban plenamente que, ante
la autoridad que los expidió, se hicieron tales declara-
ciones o manifestaciones; pero no prueban la verdad
de lo declarado o manifestado. Sin embargo, dicha

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