Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior. Acuerdo G/20/2020. Se fija la Jurisprudencia N° VIII-J-SS-145

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JURISDICCIONAL 474
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
PLENO JURISDICCIONAL DE LA SALA SUPERIOR
ACUERDO G/20/2020
SE FIJA LA JURISPRUDENCIA N° VIII-J-SS-145
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 75
y 76 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Ad-
ministrativo y 17, fracción I, de la Ley Orgánica del Tribu-
nal Federal de Justicia Administrativa, al haberse resuelto
en el mismo sentido los juicios contencioso administrativos
842/17-02-01-9/1861/18-PL-09-04; por unanimidad de 8 vo-
tos a favor, 6584/19-17-14-4/151/20-PL-06-04; por unanimi-
dad de 11 votos a favor y 4993/19-17-06-6/1709/19-PL-03-
04; por mayoría de 10 votos a favor y 1 voto con los puntos
resolutivos; se ja la jurisprudencia N° VIII-J-SS-145, bajo
el siguiente rubro y texto:
RESPONSABILIDAD RESARCITORIA. El INFRAC-
TOR CARECE DE INTERÉS JURÍDICO PARA
CONTROVERTIR EL DICTAMEN TÉCNICO.- De
conformidad con los artículos 8 a 36, de la Ley de
Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federa-
ción, inmersos en el Título Segundo, denominado “De
la Fiscalización de la Cuenta Pública”, se tiene que
el procedimiento de revisión de la cuenta pública es
diverso y autónomo al diverso procedimiento de res-
ponsabilidades administrativas resarcitorias previsto
en el Título Quinto, identicado como De la Deter-
minación de Daños y Perjuicios y del Fincamiento
de Responsabilidades”, tal como lo ha sostenido el

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