Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Sala Superior. Segunda Sección. Acuerdo G/S2/9/2020. Se fija la Jurisprudencia VIII-J-2aS-104

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ACUERDO 403
REVISTA NÚM. 48, NOVIEMBRE 2020
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
SALA SUPERIOR
SEGUNDA SECCIÓN
ACUERDO G/S2/9/2020
SE FIJA LA JURISPRUDENCIA VIII-J-2aS-104
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 75
y 76 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Ad-
ministrativo, en relación con los artículos 18, fracción VII,
y 68 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia
Administrativa; y toda vez que se han resuelto en el mismo
sentido cinco juicios contencioso administrativos, se ja la
jurisprudencia número VIII-J-2aS-104, de la Segunda Sec-
ción de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia
Administrativa, bajo el siguiente rubro y texto:
QUEJA IMPROCEDENTE. NO DEBE PREVENIR-
SE AL PROMOVENTE PARA QUE LA PRESENTE
COMO DEMANDA, CUANDO YA HAYA INTER-
PUESTO UN NUEVO JUICIO EN CONTRA DE LA
MISMA RESOLUCIÓN QUE MOTIVÓ AQUÉLLA
INSTANCIA.- De acuerdo a los lineamientos estable-
cidos en el artículo 58, fracción II y último párrafo, de
la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Admi-
nistrativo, cuando se considere que es improcedente
la queja promovida en contra de una resolución de-
nitiva, porque se planteen cuestiones novedosas que
desborden el cumplimiento en sí mismo de la sen-
tencia denitiva, entonces la Sala Regional, la Sec-
ción o el Pleno prevendrán al promovente para que

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