Tratados de Libre Comercio. VIII-P-1aS-831

Páginas234-238
PRIMERA SECCIÓN 234
TRATADOS DE LIBRE COMERCIO
VIII-P-1aS-831
BENEFICIOS EMPRESARIALES.- SU CONCEPTO PARA
LOS EFECTOS DEL ARTÍCULO 7° DEL CONVENIO EN-
TRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXI-
CANOS Y EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMÉRICA PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN
E IMPEDIR LA EVASIÓN FISCAL EN MATERIA DE IM-
PUESTO SOBRE LA RENTA.- El Tratado entre los Gobier-
nos de los Estados Unidos Mexicanos y de los Estados Uni-
dos de América para Evitar la Doble Imposición e Impedir
la Evasión Fiscal en Materia de Impuesto sobre la Renta
se celebró de conformidad con el Modelo de convenio para
evitar la doble imposición e impedir la evasión scal de la
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Econó-
mico, documento, que al igual que el Tratado no denen lo
que debe entenderse por benecio empresarial. Sin embar-
go, el artículo 3°, punto 2 de este último, señala que para
la aplicación del Convenio por un Estado Contratante, cual-
quier expresión no denida en el mismo, tendrá, el signi-
cado que se le atribuya por la legislación de este Estado
relativa a los impuestos que son objeto del Convenio, a me-
nos que de su contexto se inera una interpretación dife-
rente. De este modo para determinar qué debe entenderse
por benecio empresarial, debe acudirse a la denición de
actividades empresariales que prevé el artículo 16 del Có-
digo Fiscal de la Federación y a lo dispuesto en el artículo
75 del Código de Comercio, por remisión expresa de aquel
a las leyes federales para denir lo que es una actividad

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