Tratado de Libre Comercio de América del Norte. VII-P-1aS-258

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
TRATADO DE LIBRE COMERCIO
DE AMÉRICA DEL NORTE
VII-P-1aS-258
FACTURA COMERCIAL. CASO EN QUE ES SUFICIENTE PARA
ACREDITAR EL CARÁCTER ORIGINARIO DE LOS BIENES.- De
acuerdo con el artículo 503 del Tratado de Libre Comercio de América del Nor-
te, en relación con la Regla 31 de la Resolución que establece reglas relativas a la
aplicación de las disposiciones en materia aduanera de dicho Tratado, en la im-
portación de bienes cuyo valor no exceda la cantidad de mil dólares estadouni-
denses o su equivalente en otras monedas extranjeras, siempre que no forme
parte de una serie de importaciones que se efectúen o se planeen con el propósito
de evadir los requisitos de certificación del Tratado, no se requerirá de certificado
de origen para acreditar el carácter originario de los bienes, siempre que se cuen-
te con una declaración bajo protesta de decir verdad, firmada por el exportador
o productor del bien o por el propio importador o sus representantes legales, en
la factura que amparen los bienes o, en documento anexo a la misma, en la que se
certifique que los bienes clasifican como originarios. En consecuencia, si en la
especie la importadora exhibe la factura con la que acredita que el valor de las
mercancías que se tramitaron con los pedimentos de importación, es inferior a los
mil dólares estadounidenses o su cantidad equivalente en otra moneda extranjera,
y que en la misma consta la declaratoria bajo protesta de decir verdad, por la que
se certifica el origen de los bienes importados, dicha documental es suficiente
para acreditar el carácter originario de los mismos.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 29389/10-17-06-2/171/12-S1-03-03.-
Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de
Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 10 de abril de 2012, por unanimidad
de 5 votos a favor.- Magistrado Ponente: Manuel Luciano Hallivis Pelayo.- Se-
cretario: Lic. Ángel Fernando Paz Hernández.
(Tesis aprobada en sesión de 26 de abril de 2012)

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