Traspaso

Artículo 2o. Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:

Traspaso: La transmisión que el Titular de una Licencia de Funcionamiento, Declaración de Apertura o Permiso haga de los derechos consignados a su favor a otra persona física o moral, siempre y cuando no se modifique la ubicación del establecimiento, el giro mercantil y la superficie que la misma ampare;

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR