La transversalidad entre competencia económica y consumidores

AutorFernando García Sais
Páginas42-47

Page 42

Tomando como referencia la reciente reforma a los artículos , , 27, 28, 73, 78, 94 y 105 de nuestra Constitución en materia de telecomu-nicaciones, el autor identiica en este artículo las zonas de conluencia (transversalidad u ho-rizontalidad) en materia de competencia económica y protección al consumidor.

Page 43

Page 44

El 11 de junio de 2013 se publicó en el Diario Oicial de la Federación una reforma trascendental en el ordenamiento jurídico mexicano, a nivel constitucional, que tendrá sus implicaciones para el mejor funcionamiento de los mercados, en beneficio de los agentes económicos y de los consumidores.

Una vez que se promulgue la legislación secundaria que el Congreso de la Unión debe emitir en un plazo de 180 días naturales a partir de su entrada en vigor (artículo tercero transitorio) repercutirá de manera notable en todas las áreas de la actividad económica.

En su conjunto, se trata de una enmienda en materia de competencia económica y telecomunicaciones que prevé -junto con la emisión de normas sustantivas- la creación de tribunales especializados en el Poder Judicial y la de dos institutos con autonomía constitucional, la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) y el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFETEL) (en un plazo de 60 días naturales), y busca dar solución a concentraciones monopólicas, barreras de entrada y una serie de prácticas anticompetitivas muy arraigadas en nuestra sociedad de consumo.

Hace mucho tiempo que México no realiza reformas de la envergadura de la que se comenta. Cabe destacar que esta reforma es producto de un consenso político (Pacto por México) que apuesta por que México se desarrolle a su máximo potencial.

En el gran debate nacional, incluido el que se da en el interior de los poderes de la Unión, la política de protección al consumidor no se ha comprendido en toda su magnitud como un componente del sistema de libre mercado. Su reconocimiento expreso como parte del sistema económico que se vincula con otras regulaciones no ha sido objeto de un análisis serio, incluso por la academia. Tampoco se ha entendido su tránsito, su evolución y su dinamismo, que la aleja cada vez más del paternalismo estatal que le dio origen a mediados de los años 70 en México.1Derivado de dichas ausencias, la tutela que se dispensa al consumidor en sede administrativa no ha sabido capitalizar en su beneficio dicha pertenencia ni su transversalidad regulatoria. Varias entidades públicas, materialmente conexas, destinan recursos escasos y esfuerzos aislados para resolver, desde diversas dimensiones y facultades, un mismo problema: el adecuado funcionamiento del mercado. Si la visión fuera otra, el resultado también lo sería. Nuestra economía se desarrollaría más sanamente y todos tendríamos más confianza en el mercado y en nuestras instituciones públicas.

La ausencia de atención a la política del consumidor se vuelve palpable por la falta de debate público respecto de la de idoneidad de los nombramientos de los procuradores. No es baladí que la ley exija, entre otras cosas, particularmente ésta, a la que me quiero referir: "haberse desempeñado en forma destacada en cuestiones profesionales, de servicio público, o académicas sustancialmente relacionadas con el objeto de esta ley". Con lo anterior se garantiza el elemento técnico y se despolitiza a la institución.

¿Qué tienen otros órganos, como la COFECE o la Comisión Federal de Telecomunicaciones (CFC), que sus integrantes y sus perfiles son examinados de manera más amplia? Si se dimensionara la pertenencia (del subsistema) de la política del consumidor al sistema que busca el adecuado ordenamiento y funcionamiento del mercado en beneficio de la economía de todos, el debate sería muy similar para el caso de la PROFECO.

Por motivos como el precisado, los consumidores han sido olvidados en los últimos sexenios. En la actual administración (2013-2018) existen áreas de oportunidad, que pueden aprovechar el impulso de la reforma constitucional de junio de 2013 para que una vez identificada la transversalidad existente en ambas materias, en la legislación secundaria que se emita se dote a la nueva COFECE de elementos materiales que participen de las facultades concurrentes con la PROFECO para unificar procedimientos, detectar prácticas ineficientes y no realizar prácticas separadas. Asimismo, el perfil de los nuevos comisionados debería satisfacer estas exigencias.

Es necesario que la nueva COFECE vuelva los ojos hacia el consumidor. Desde el punto de vista de la teoría económica, su tratamiento es indisoluble. Tratar de resolver las deficiencias solamente con el uso de las normas, sin una debida aproximación económica, implicaría complicar más las cosas. Quien pretenda hacer eso, sería un enemigo público (parafraseando al juez Brandeis, "A lawyer who has not studied economics [...] is very apt to be a public enemy", 1916).

No podemos continuar aislando el debate en torno a los derechos del consumidor de la política antimonopólica que, dicho sea de paso, comparten orígenes en la medida en que se busca lograr mercados de bienes y servicios eficientes mediante diversos instrumentos, reglas y prohibiciones, e incluso por medio de la tipificación penal.

Muchas de las desviaciones en el mercado, provocadas de manera espontánea, aunque muchas otras veces por ignorancia, que actualmente son objeto de vigilancia por la PROFECO, podrían ser corregidas por la COFECE o, inclusive, ésta podría proporcionar a aquélla consideraciones normativas para coadyuvar con sus funciones.

La conjunción de esfuerzos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR