Transitorios

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas513-519

Page 513

* TRANSITORIO

De la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, vigente a partir del 8 de noviembre de 1996 (DOF 7/XI/1996)

Entrada en vigor

Unico.- Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Page 514

2004

* TRANSITORIO

Del Decreto por el que se reforma la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, vigente a partir del 12 de mayo de 2004 (DOF 11/V/2004)

Entrada en vigor

Unico.- El presente Decreto entrará en vigor un día después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación

* TRANSITORIOS

Del Decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 37 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, vigente a partir del 22 de diciembre de 2004 (DOF 21/XII/2004)

Entrada en vigor

Unico.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

* TRANSITORIOS

Del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diver-sas disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, en materia de explotación sexual infantil, vigente a partir del 28 de marzo de 2007 (DOF 27/III/2007)

Entrada en vigor

Unico.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

* TRANSITORIOS

Del Decreto por el que se reforman diversas disposiciones del Código Penal Federal; del Código Federal de Procedimientos Penales; de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada; de la Ley de Instituciones de Crédito; de la Ley de Ahorro y Crédito Popular; de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro; de la Ley de Sociedades de Inversión; de la Ley del Mercado de Valores; de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas; de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros; y de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, vigente a partir del 29 de junio de 2007 (DOF 28/VI/2007)

Entrada en vigor

Primero.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

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Disposiciones aplicables a delitos cometidos antes del 29/VI/2007

Segundo.- A las personas que hayan cometido un delito de los contemplados en el presente Decreto con anterioridad a su entrada en vigor, les serán aplicables las disposiciones del Código Penal Federal vigentes en el momento de su comisión.

2007

* TRANSITORIOS

Del Decreto por el que se expide la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada; el Código Federal de Procedimientos Penales y el Código Penal Federal, vigente a partir del 28 de noviembre de 2007 (DOF 27/XI/2007)

Entrada en vigor

Primero.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

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* TRANSITORIOS

Del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diver-sas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, del Código Penal Federal, de la Ley de la Policía Federal Preventiva, de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, y de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, vigente a partir del 24 de enero de 2009 (DOF 23/I/2009)

Entrada en vigor

Primero.- El presente Decreto entrará...

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