Modificación a la Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-001-RECNAT-2001, Que establece las especificaciones, procedimientos, lineamientos técnicos y de control para el aprovechamiento, transporte, almacenamiento y transformación que identifiquen el origen legal de las materias primas forestales, publicada el 21 de diciembre de 2001

Fecha de disposición21 Diciembre 2001
Fecha de publicación22 Enero 2002
EmisorSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Modificación a la Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-001-RECNAT-2001, Que establece las especificaciones, procedimientos, lineamientos técnicos y de control para el aprovechamiento, transporte, almacenamiento y transformación que identifiquen el origen legal de las materias primas forestales, publicada el 21 de diciembre de 2001.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

CASSIO LUISELLI FERNANDEZ, Subsecretario de Fomento y Normatividad Ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Conservación, Protección, Restauración y Aprovechamiento de los Recursos Forestales y de Suelos y de Costas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 32 bis fracciones I, II, III, IV y V de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1 y 6 fracción VIII del Reglamento Interior de esta Secretaría; 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 4o., 5o. fracción XVI, 20, 21 y 22 de la Ley Forestal, y 1o., 4o. tercer párrafo, y 59 al 74 del Reglamento de la Ley Forestal, y

CONSIDERANDO

Que el 21 de diciembre de 2001 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-001-RECNAT-2001, Que establece las especificaciones, procedimientos, lineamientos técnicos y de control para el aprovechamiento, transporte, almacenamiento y transformación que identifiquen el origen legal de las materias primas forestales.

Que los sectores involucrados en la actividad forestal, han solicitado a esta Secretaría la ampliación del plazo establecido en el artículo segundo transitorio del ordenamiento legal antes mencionado, a fin de contar con el tiempo necesario para reproducir y utilizar los formatos que servirán para identificar el origen legal de las materias primas forestales.

Que es de interés de esta Secretaría que el aprovechamiento de los recursos forestales se efectúe de manera sustentable, buscando el debido cumplimiento de la norma antes referida, a fin de obtener un mejor control durante las actividades de aprovechamiento, transporte, almacenamiento y transformación, situación que merece otorgar un tiempo adicional necesario que permita a los interesados reproducir sus instrumentos de control, por lo que he tenido a bien expedir...

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