'Todas las personas...', toda la persona
| Autor | Pedro Pallares-Yabur |
| Páginas | 1-37 |
1
En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas…
“TODAS LAS PERSONAS...”, TODA LA PERSONA
Pedro
PALLARES-YABUR
*
SUMARIO:
I. Definir “persona” desde su carácter irreductible. II. Dueño de
sí y convertirse en persona. III. Hijo, ser-dese, ser-con. IV. Parlante, logos,
dia-logos. V. Accionante: actividad, labor, trabajo. VI. Ser-para, empatía,
género, conyugabilidad. VII. Persona y dignidad.
I.
DEFINIR “PERSONA” DE SDE SU CARÁCTER
IRREDUCTIBLE
1. Persona
Para definir el discurso de odio, la Suprema Corte de Justicia de la Nación
(SCJN) se preocupó, razonablemente, no sólo en la transmisión del mensaje,
no sólo en las palabras, los símbolos lingüísticos, o el contexto, sino en el
significante real al que señala este término.1 El símbolo nominal evoca una
realidad existente para el sistema jurídico, inteligible como para comprenderse
y deseable o amable como para atraer la atención de todos y generar obli-
gaciones. Así, ¿cuál es el referente al que apunta la afirmación “todas las
personas” del artículo 1o.? ¿Quién es persona? ¿Qué significa serlo? ¿Cómo
identificar ese significante?
*
Doctor en Derecho, miembro del Sistema Nacional de Investigadores. Profesor in-
vestigador de la Facultad de Derecho de la Universidad Panamericana. El autor agradece
la conversación y sugerencias de Jorge Arturo Camero Cerón, Celeste Ibarra de la Torre,
Montserrat Gatt Ontiveros, Karla Paola González Mora, Ana Paula Madrigal y Laura
Sabljak.
1
Tesis: 1a CXXI/2019, Seminario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, t. I,
diciembre de 2019, p. 328.
2
PEDRO PALLARES-YABUR
Por una parte, tanto la Corte Interamericana de Derechos Humanos
(Corte IDH) como la SCJN asumen que persona humana es cualquier
desprende directamente de la unidad de naturaleza del género humano”.2
En otras palabras, cada ser humano individual en cuanto nace debe consi-
derarse miembro de la especie humana, dotado de una dignidad intrínseca.
2. Aquello que existe como humano: la palabra “nacen”
en la DUDH
Los redactores de la Declaración Universal de los Derechos Humanos
(DUDH) utilizaron el término “nacen” para indicar que en cuanto un ser
pertenece a la especie humana está dotado de dignidad y derechos inalie-
nables e intrínsecos a esa condición. En febrero de 1947, cuando la DUDH
comenzaba a redactarse, el diplomático y profesor René Cassin recordó a
sus colegas que la Declaración francesa de Derechos del Hombre de 1789
utilizaba la expresión “todo hombre nace…” para referirse a cualquier indi-
viduo de la especie humana, y a su igual valor y dignidad.3 Pero ni la expre-
Rómulo (tomista) y del francés (kantiano ilustrado), quienes propusieron
incorporar al artículo 1o. dos frases para remarcar la idea tanto de perte-
nencia a la condición humana como de derechos inalienables a ella. Para
eso agregaron la palabra nacen y la expresión por naturaleza. De modo que al
los hombres nacen libres e iguales en dignidad y derechos. Están dotados por
naturaleza de razón y conciencia y deben comportarse como hermanos con
los otros”.4
Ambas fórmulas se colocaron con la intención de describir qué es la
persona y por qué inhieren en ella ciertos derechos a su favor. En otoño de
1948, ambas fueron puestas a debate por los representantes de países que
2
Corte Interamericana de Derechos Humanos, Propuesta de modificación a la Constitución
Política de Costa Rica relacionada con la naturalización, opinión consultiva OC-4/84 del 19 de
enero de 1984, párr. 55.
3
E/CN.4/SR.13, p. 3. Énfasis añadido. Todas las referencias a los documentos del pro-
propio texto, no del libro que los ha agrupado. Schabas, William A., The Universal Declaration
of Human Rights. The travaux préparatores, Cambridge, Cambridge University Press. Si no se
indica, las traducciones son propias.
4
E/CN.4/AC.2/SR.9, p. 22.
3
“TODAS LAS PERSONAS...”, TODA LA PERSONA
daban sus últimos retoques al documento. Por naturaleza fue eliminada del
borrador mas se mantuvo la palabra nacen en el artículo 1o. Durante el de-
bate, el delegado chino P. C. Chang y el libanés Karim Azkoul enviaron una
propuesta para eliminar las palabras nacen y por naturaleza del artículo 1o. por
un término más sintético son.5 Explicaron que de esa forma se describiría
con más nitidez la existencia de algo real, una subsistencia trascendente a la
razón —es decir, algo que no se origina sólo dentro de ella—. Al libanés le
preocupó la palabra nacen y se entendiera que en el origen de los derechos
humanos éstos nacen de una decisión del Estado o una gentileza sociocultu-
ral. Algo así haría perder esa igualdad originaria e inherencia a todos los
miembros de la familia humana.6 A Chang le parecía que si se dejaba sólo la
expresión son, -
sal de los derechos humanos.7 Estas conclusiones contrastan con otra pro-
puesta para suprimir la palabra nacen por parte del delegado soviético Alexei
Pavlov. En efecto, este diplomático describió cómo en la práctica cuando los
nacía ante la ley, hombres y mujeres se igualan:
La equidad de derechos ante la ley, no la determinaba el nacimiento, sino la
estructura social del Estado que promulga leyes equitativas. Me pregunto si
la Declaración es el lugar apropiado para determinar el origen de los dere-
chos humanos. …Sin embargo, conviene recordar que, para los propósitos de
la Declaración, el hombre debe considerarse como miembro de la sociedad…
ese estatus es el que determina sus derechos y deberes.8
El boliviano Eduardo Anz Matienzo replicó a Pavlov:
que los derechos humanos no son inherentes al hombre, sino que derivan de la
estructura social del país en el que vive. Los países democráticos de Occidente
no pueden aceptar ese punto de vista. Me gustaría apoyar el texto aprobado
por el Comité que dice Todos los seres humanos nacen libres e iguales. Los hombres
nacen libres e iguales ante la ley y ante Dios. Y la conciencia de su libertad e
igualdad, es un factor determinante para construir la estructura social.9
5
A/C.3/235 y A/C.3/226.
6
A/C.3/SR.96, p. 97.
7
A/C.3/SR.98, p. 114.
8
Ibidem, p. 110.
9
Ibidem, p. 113.
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