Título primero. Disposiciones generales

AutorEdiciones Fiscales ISEF S.A.
Páginas1-4
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexica-
nos. Presidencia de la República.
MIGUEL DE LA MADRID H., Presidente Constitucional de los Estados Unidos
Mexicanos, en ejercicio de la facultad que confiere al Ejecutivo Federal la fracción
fundamento en los artículos 1o., 2o. fracción VII, 3o. fracción IX, 4o., 7o., 13 apar-
tado “A” fracciones I, IX, X, apartado “B” fracciones I y VI, 96, 97, 98, 99, 100, 101,
102, 103 y demás relativos a la Ley General de Salud, y
CONSIDERANDO
Que en virtud del Decreto por el que se adicionó el artículo 4o. Constitucional,
publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 3 de febrero de 1983, se
consagró como garantía social, el Derecho a la Protección de la Salud;
Que el 7 de febrero de 1984 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación
la Ley General de Salud, reglamentaria del párrafo tercero del artículo 4o. de la
de julio del mismo año;
Que en la mencionada Ley se establecieron y definieron las bases y modali-
dades para el acceso a los servicios de salud, así como la distribución de compe-
tencias entre la Federación y las entidades federativas en Materia de Salubridad
General, por lo que resulta pertinente disponer de los instrumentos reglamentarios
necesarios para el ejercicio eficaz de sus atribuciones;
Que dentro de los programas que prevé el Plan Nacional de Desarrollo
1983-1988, se encuentra el de salud, el cual, como lineamientos de estrategia,
contempla cinco grandes áreas de política siendo la última la “formación, capacita-
ción e investigación” dirigida fundamentalmente al impulso de las áreas biomédica,
médico-social y de servicios de salud de ahí que el Programa Nacional de Salud
1984-1988 desarrolla el Programa de Investigación para la Salud, entre otros, como
de apoyo a la consolidación del Sistema Nacional de Salud en aspectos sustan-
ciales, teniendo como objetivo específico el coadyuvar al desarrollo científico y
tecnológico nacional tendiente a la búsqueda de soluciones prácticas para pre-
venir, atender y controlar los problemas prioritarios de salud, incrementar la pro-
ductividad y eficiencia de los servicios y disminuir la dependencia tecnológica del
extranjero;
Que la Ley General de Salud ha establecido los lineamientos y principios ge-
nerales a los cuales deberá someterse la investigación científica y tecnológica des-
tinada a la salud, correspondiendo a la Secretaría de Salud orientar su desarrollo;
Que la investigación para la salud es un factor determinante para mejorar las
acciones encaminadas a proteger, promover y restaurar la salud del individuo y
de la sociedad en general; para desarrollar tecnología mexicana en los servicios
de salud y para incrementar su productividad, conforme a las bases establecidas
en dicha Ley;
1
RGTO. EN MATERIA DE INVESTIGACION/CONSIDERANDO CONSID.

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