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- Ley Orgánica Del Poder Judicial Del Estado de México
Título Noveno.
Páginas | 34-36 |
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ARTÍCULO 157. El ingreso y promoción para las categorías que conforman la Carrera Judicial, se realizarán invariablemente mediante concursos de oposición que serán abiertos, y en los que no sólo podrán participar los servidores públicos del Poder Judicial.
La Escuela Judicial, velará por brindar la oportunidad de acceder a una carrera judicial a todo ciudadano, con la única limitante de satisfacer los requisitos que la ley exija a cada categoría judicial.
ARTÍCULO 158. La promoción de los servidores del Poder Judicial, se hará mediante el sistema de carrera judicial, en la que se considerarán factores como capacidad, eficiencia, preparación, probidad y antigüedad.
ARTÍCULO 159. La carrera judicial está integrada por las siguientes categorías:
I. Derogada.
II. Juez de primera instancia;
III. Juez de cuantía menor;
IV. Secretario de acuerdos;
V. Secretario judicial y auxiliar proyectista;
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VI. Oficiales mayores de salas;
VII. Ejecutores;
VIII. Notificadores; y
IX. Personal auxiliar administrativo.
ARTÍCULO 160. El Consejo de la Judicatura establecerá, de acuerdo con su presupuesto y mediante disposiciones generales, un sistema de estímulos para aquellas personas comprendidas en las categorías señaladas en el artículo anterior.
Para el otorgamiento de los estímulos se tomará en cuenta el desempeño en el ejercicio de la función, los cursos realizados dentro de la Escuela Judicial y los impartidos por las instituciones de enseñanza superior, grado académico, permanencia en el servicio y los demás que el propio Consejo de la Judicatura estime necesarios.
ARTÍCULO 161. Los concursos de oposición para el ingreso y promoción dentro de las categorías señaladas, se sujetarán al siguiente procedimiento:
I. El Consejo de la Judicatura emitirá una convocatoria por lo menos con treinta días naturales de anticipación, misma que deberá ser publicada en la Gaceta del Gobierno y en dos de los principales diarios de circulación estatal. En la convocatoria deberá especificarse que se trata de un concurso de oposición, la categoría y el número de vacantes sujetas a concurso; el lugar, el día y hora en que se llevarán a cabo los exámenes, así como el plazo, lugar y requisitos para la inscripción y, en general, todos los demás elementos que se estimen necesarios;
II. Los aspirantes inscritos deberán resolver por escrito un cuestionario cuyo contenido versará sobre...
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- Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México
- Título Primero. Del ejercicio del poder judicial
- Título Segundo. De la division territorial jurisdiccional
- Título Tercero. De las designaciones, incompatibilidades e incapacidades de los magistrados y de los jueces
- Título Cuarto. De la organizacion de los tribunales
- Título Quinto. De las responsabilidades y sanciones
- Título Sexto. Del archivo, boletin judicial, biblioteca y jurisprudencia
- Título Septimo. De la direccion de administracion y del fondo auxiliar para la administracion de justicia
- Título Octavo.
- Título Noveno.
- Título Decimo. De los departamentos de computacion e informatica y de oficialia de partes y estadistica
- Título Decimoprimero. De la direccion de la contraloria interna del tribunal superior de justicia
- Título Decimosegundo. De la direccion de peritos del tribunal superior de justicia
- Título Decimotercero. Del centro de mediacion y conciliacion
- Título Decimocuarto. De los organos jurisdiccionales en materia penal
- Artículos transitorios
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