Tesis num. XXX.2o.4 P (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito, 04-06-2021 (Tesis Aisladas)

Fecha de publicación04 Junio 2021
MateriaComún, Penal,Común
EmisorSegundo Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito

Hechos: En el procedimiento del que deriva la sentencia que constituye el acto reclamado, el Juez de la causa ordenó la investigación de los actos de tortura denunciados por el quejoso en la ampliación de su declaración preparatoria y, para llevarla a cabo, se designaron peritos, a fin de practicarle los exámenes respectivos; sin embargo, aun cuando éstos pertenecían a la institución a la que el inculpado imputó dichos actos, éste cooperó y se presentó a realizarse los exámenes médicos correspondientes.


Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito establece que la comparecencia del inculpado para la práctica de los exámenes que definirán si fue sometido a los actos de tortura que denunció, no implica un consentimiento expreso ni tácito de las violaciones que pudieran generarse en la investigación ordenada conforme al Protocolo de Estambul –en el caso, la falta de independencia del personal médico designado hacia con el ente al que la presunta víctima le reprocha los actos de tortura–, por lo que puede examinarse si aquélla cumplió con la doctrina de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos al respecto.


Justificación: Lo anterior, porque el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la tesis aislada P. II/2018 (10a.), de título y subtítulo: "TORTURA. LA IMPOSIBILIDAD DE INVESTIGAR SU COMISIÓN DENTRO DEL PROCESO PENAL, GENERADA POR LA NEGATIVA DEL DENUNCIANTE DE PRACTICARSE LOS EXÁMENES NECESARIOS, CUANDO ÉSTOS RESULTEN ESENCIALES Y NO EXISTAN OTROS ELEMENTOS PARA COMPROBARLA, DEJA SIN EFECTO LA DENUNCIA QUE SE HIZO PARA TALES EFECTOS EN EL JUICIO DE AMPARO.", estableció que si el denunciante de actos de tortura se niega a realizarse los exámenes respectivos cuando éstos resulten necesarios y no existen otros elementos para comprobarlos, la consecuencia es dejar sin efectos la denuncia respectiva. Por tanto, puede...

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