Tesis num. PC.XXVII. J/1 A (11a.) de Pleno del Vigésimo Séptimo Circuito, 05-11-2021 (Contradicción de Tesis)

Fecha de publicación05 Noviembre 2021
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaComún, Administrativa
EmisorPleno del Vigésimo Séptimo Circuito

Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sostuvieron criterios divergentes respecto del alcance de los efectos restitutorios de la sentencia que concedió el amparo contra el derecho de alumbrado público declarado inconstitucional por jurisprudencia temática, pues uno de los Tribunales Colegiados sostuvo que tales efectos se cumplen con el reintegro al quejoso de la cantidad enterada actualizada, sin que proceda el pago de intereses y recargos, mientras que los otros sostuvieron que además de la devolución del pago actualizado, deben sumarse el pago de intereses y recargos.


Criterio jurídico: El Pleno del Vigésimo Séptimo Circuito determina que los efectos de la sentencia que otorga el amparo contra el derecho de alumbrado público declarado inconstitucional por jurisprudencia temática, están satisfechos con la devolución al quejoso de la cantidad enterada con su respectiva actualización, sin que sea procedente el pago de intereses y recargos.


Justificación: En términos del artículo 77, fracción I, de la Ley de Amparo, el efecto de una sentencia de amparo contra una ley fiscal se agota al devolver al quejoso la cantidad enterada actualizada, de ahí que no puede comprender el pago de intereses y recargos pues además de que ello rebasaría el objeto de la protección federal, los artículos 25 a 28 del Código Fiscal Municipal del Estado de Q.R., no prevén expresamente la procedencia del pago de intereses y recargos como indemnización al contribuyente por el retardo en la devolución del derecho de alumbrado público declarado inconstitucional en la sentencia de...

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