Tesis num. PC.X. J/1 L (11a.) de Pleno del Décimo Circuito, 24-09-2021 (Contradicción de Tesis)

Fecha de publicación24 Septiembre 2021
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaLaboral
EmisorPleno del Décimo Circuito

Hechos: Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes, al analizar el contenido de peritajes médicos en materia de riesgos de trabajo, discreparon sobre si la fracción IV del artículo 899-E de la Ley Federal del Trabajo requiere que en los dictámenes se plasmen razonamientos extensos para acreditar la relación causa-efecto-daño que se pretende demostrar con aquéllos o si esto no es exigible, bastando la simple mención de que existe ese nexo causal para cumplir con el requisito establecido en la norma laboral.


Criterio jurídico: El Pleno del Décimo Circuito establece que la extensión o no de los razonamientos en los dictámenes médicos no constituye una exigencia, de forma o de fondo, para que la Junta pueda apreciar la prueba pericial médica regulada en el artículo 899-E de la Ley Federal del Trabajo, porque su fracción IV no lo exige para acreditar el origen profesional de las enfermedades detectadas al limitarse a señalar, en el aspecto formal, que el dictamen médico debe contener los razonamientos para determinar la relación de causa-efecto entre la actividad específica desarrollada por el trabajador y el estado de incapacidad cuya calificación o valuación se determine.


Justificación: Esto es así, porque en ninguna parte del texto del precepto citado se impone a la Junta sopesar el requisito apuntado para pronunciarse sobre la eficacia de la prueba, en el aspecto de fondo, por lo que en el ejercicio de la facultad de apreciación de los dictámenes, la Junta debe ponderar, conforme a la sana crítica, las reglas de la lógica y las máximas de la experiencia, si las conclusiones alcanzadas por los peritos resultan de un estudio profundo, acucioso, lógico, razonable y objetivo del problema planteado, que le merezcan confiabilidad y credibilidad, para la inclinación de su ánimo en favor de uno u otro peritaje, porque respecto de la extensión o no de los razonamientos contenidos en los dictámenes, no es posible establecer estándares, ya que los elementos de aquéllos dependerán de cada caso particular y del factor...

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